Es un hecho que en ocasiones nos enfrentamos a situaciones que no alcanzamos a vislumbrar bien, sobre todo en materia laboral. Por eso es que en este artículo hablaremos sobre las utilidades laborales, así no los agarran de bajada en la chamba, godilectores.
El asunto de las utilidades laborales se puede explicar de forma sencilla, es decir, las utilidades o Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), simplemente son prestaciones laborales respecto a las utilidades que una empresa obtuvo año con año.
Corresponde a las empresas dar utilidades laborales a los empleados, pues, es su derecho y está establecido en la Constitución.

No obstante, como en todo asunto importante, siempre hay letras pequeñas. La Ley Federal del Trabajo establece que las empresas están obligadas a repartir sus utilidades, siempre que sus ingresos anuales superen los $300,000.00.
Por otro lado, las empresas con menos de un año en operaciones no están obligadas a hacer esto. A partir de los dos años de operaciones las empresas deben repartir sus utilidades, sólo si cumplen con el requisito antes dicho.

Todos los trabajadores que no sean directivos, gerentes, socios o accionistas podrán recibir utilidades.
Para calcular el monto de las utilidades, se tiene que contemplar el 10% de la utilidad fiscal una vez que se descuente el ISR.

La cantidad resultante se dividirá en dos partes iguales, la primera parte es la que se repartirá entre los trabajadores con derecho a las utilidades, la segunda se repartirá de acuerdo al monto de los salarios devengados.
Como ven, godilectores, no sólo debemos estar bien alertas respecto a nuestras obligaciones, sino también ante nuestros derechos como trabajadores. Bien dicen que camarón que se duerme…se lo chamaquea la empresa.
Fuentes:
El Imparcial, » ¿Qué son las utilidades y cuándo deben pagarse a los empleados?», [Fecha de consulta: 28/04/2022]. En:
Súper Tasas, «Reparto de utilidades ¿qué son y cuándo se cobran», [Fecha de consulta: 28/04/2022]. En: